domingo, 4 de enero de 2009

Magaly en Libertad

Sin lugar a dudas lo que ocurrió el día 31 de diciembre a las 6: 30 de la tarde conmociono a todo el mundo, es que por fin el brillo de esperanza que anidaban en los corazones de varios peruano , resplandeció cuando esa mujer de pelo rojo salió de ese calvario que por más de dos meses la había aprisionado. De verdad se hizo justicia?, las predicciones de las brujitas realmente se cumple?, es que las presiones del ejecutivo y de la iglesia católica surgieron efecto? o es esto tan solo un regalo de la justicia peruana por fin de año?.... eso solo lo sabe los miembros de la Tercera Sala Penal Para Reos en Cárcel.

Lo cierto es que este caso realmente conmovió a muchos… se decía q se había atropellado el derecho a la libertad de expresión e información y creo q como estudiante de comunicaciones, que ha llevado las enseñanzas de derecho penal (gracias a la Sharon), me toca pronunciarme humildemente, se que a lo mejor mi postura les sonara trillada, pero la misma esta fundamentada, y además no es mi deseo caerles en gracia a todos….

Primero según los fundamentos del derecho penal y en el mismo articulo preliminar del actual código penal, se observa en el articulo IX que la pena tiene una función: Preventiva, protectora y resocializadora. Las medidas de seguridad persiguen fines de curación, tutela y rehabilitación …… lo que se quiere lograr con la pena es que el individuo pueda regresar a la sociedad cambiado y al mismo tiempo prevenir que vuelva a incurrir en el mismo delito o en otro, es por eso que delitos grandes tienen penas mayores. Segundo el derecho peruano defiende el honor y la imagen de la persona y es más lo considera un fundamento principal y primordial del ser humano, el mismo que el derecho penal castiga en los artículos 130-138… pero según la sentencia de Magaly ella incurrió en el delito tipificado en el articulo 132: conocido como la difamación agraviada, esta señala: El que, ante varias personas, reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia, atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte días- multa.
Si la difamación se refiere a hechos previsto en el articulo 131 (atribuir un delito falso), la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de dos y con noventa a ciento veinte días- multa.
Si el delito se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y de ciento veinte a trescientos sesenticinco días – multa. Es justamente este último párrafo del artículo 132 el cuál se aplica a este caso, ya que Magaly a través de su programa y de su revista difamó a Paolo Guerrero, dañando así su honor y reputación. Tercero entendamos que nuestro derecho termina donde el derecho de la otra persona empieza y que no podemos estar yendo por el mundo difamando, injuriando a las personas levantando la bandera de la libertad de información y de prensa como justificación de nuestros actos. Esta bien que el Señor Guerrero sea un personaje público y por eso su esfera sea un poco más cerrada pero solo para hechos concernientes a su profesión o por los cuales él es considerado personaje público (en este caso todo lo concerniente al fútbol y a su equipo). Lo demás que él haga en su vida privada le concierne a él y a sus familiares, entonces esta señora se jacta de que por que la noticia esta en la calle es pública, en primer lugar la noticia no es una cosa y en segundo no por el hecho de que este en la calle quiere decir que es pública y que se puede difundir, el derecho protege esa faceta de la persona.

Entonces habiendo analizado estos artículos legales, puedo decir que si se incurrió en el delito de la difamación agraviada (ya que se difundió por medio de comunicación masivo) al no poder demostrar de manera legal (recordemos que en el derecho peruano se aplica la verdad legal mas no la verdad real) que dicho acto se dio en la madrugada, afirmando que Paolo Guerrero se escapó de la concentración para salir a vacilarse con su “novia” lo que ocasionó un mal desenvolvimiento en el siguiente partido. Por consiguiente al no poder corroborarse este hecho se procedió a dictar la sentencia a favor del Señor Guerrero, lo único que no se pudo justificar bien es por qué se le dio una pena privativa de libertad baja al mínimo legal (según el artículo 132, debe ser no menor de un año y a Magaly se le dio sólo cinco meses), a mi parecer la jueza no supo como justificar esta parte. Entonces se empezó una batalla campal que todos conocemos, entre el Doctor Nakasaki y el Poder Judicial, el cual como señalé termino el día 31 de Diciembre del 2008, pero ojo, no se absolvió la condena contra Magaly (pero si contra Ney Guerrero) sino se modificó la pena, se modifico de pena privativa de libertad a pena suspendida por dos años. La cual también ha sido apelada por el Dr. Nakasaki, retomando así su batalla mortal contra el Poder Judicial. Esto es porque hasta el momento Magaly sigue sosteniendo que es inocente, y que lo que dijo es cierto, si tan sólo Magaly hubiese aceptado su condena se hubiera podido acoger a los beneficios penitenciarios y estar libre para incluso antes de Navidad, pero todos conocemos la tercades de la periodista.

Lo que hace el Fallo de la Tercera Sala Penal para Reos en Cárcel, es confirmar que Magaly sí incurrió en el delito de difamación, pero que ellos consideran que su pena fue excesiva, que ya cumplió (o mejor dicho ya sufrió) lo necesario y que se le debe excarcelar y modificar su pena…. Esto realmente creo yo que lo comprobaremos al transcurso de los días, porque si realmente le sirvió estos dos meses en la cárcel, creo que ella se cuidara ahora al hablar, pero no ponga las manos al fuego por ella (aunque varios diarios confirmen que ahora la periodista será más cautelosa al hablar, y que incluso ella misma está revisando los reportajes o noticias que saldrán al aire en su programa), porque nadie es perfecto y ella puede caer en lo mismo.

Por último este incidente lo que hace es reforzar la idea de que nadie es intocable, ¿reforzar la idea de que hay justicia en el Perú? Lo pongo en interrogantes porque todavía falta mucho para que ese enunciado sea verdadero, pero lo que si confirma esto es que todo lo que hacemos, sea bueno o malo, tiene consecuencias de las cuales no nos podemos escapar.


Daniel Ausejo
Powered By Blogger